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Cuota de autónomos en 2026: tramos y cómo se calcula

Desde 2023 pagas según lo que ganas. Aquí tienes la tabla oficial de 2026, cómo saber en qué tramo estás y qué pasa si te equivocas en la previsión.

Actualizado el 19 de octubre de 2026 · 6 min de lectura · Revisado por el equipo de Trabajador Autónomo
En esta guía · 8 apartados
  1. Cómo funciona el sistema por ingresos reales
  2. La tabla de cuotas de 2026
  3. Cómo calcular tu tramo
  4. Cómo cambiar tu base de cotización
  5. La regularización: qué pasa si te equivocas
  6. Casos especiales
  7. ¿Te conviene cotizar por más de la base mínima?
  8. Preguntas frecuentes

Desde 2023 los autónomos cotizan según sus rendimientos netos reales. Hay 15 tramos: en 2026 la cuota mínima va de unos 206 € al mes en el tramo más bajo a unos 607 € al mes en el más alto, y dentro de cada tramo puedes elegir una base mayor si quieres más protección. La cuota es tu base de cotización multiplicada por el 31,5 %.

Cómo funciona el sistema por ingresos reales

  1. Al darte de alta, haces una previsión de tus rendimientos netos mensuales y eliges una base de cotización dentro del tramo que te corresponde.
  2. Durante el año puedes cambiar de base hasta seis veces si tus ingresos cambian.
  3. Al año siguiente, cuando Hacienda comunica a la Seguridad Social tus rendimientos reales, se hace la regularización: si cotizaste de menos, pagas la diferencia; si cotizaste de más, te la devuelven.

La tabla de cuotas de 2026

Estos son los tramos y bases de 2026, fijados en la Orden PJC/297/2026. La cuota mínima es la base mínima por el 31,5 %, redondeada al euro.

TramoRendimiento neto al mesBase mínimaCuota mínimaBase máxima
Reducida 1Hasta 670 €653,59 €206 €718,94 €
Reducida 2670 € a 900 €718,95 €226 €900,00 €
Reducida 3900 € a 1.166,70 €849,67 €268 €1.166,70 €
General 11.166,70 € a 1.300 €950,98 €300 €1.300,00 €
General 21.300 € a 1.500 €960,78 €303 €1.500,00 €
General 31.500 € a 1.700 €960,78 €303 €1.700,00 €
General 41.700 € a 1.850 €1.143,79 €360 €1.850,00 €
General 51.850 € a 2.030 €1.209,15 €381 €2.030,00 €
General 62.030 € a 2.330 €1.274,51 €401 €2.330,00 €
General 72.330 € a 2.760 €1.356,21 €427 €2.760,00 €
General 82.760 € a 3.190 €1.437,91 €453 €3.190,00 €
General 93.190 € a 3.620 €1.519,61 €479 €3.620,00 €
General 103.620 € a 4.050 €1.601,31 €504 €4.050,00 €
General 114.050 € a 6.000 €1.732,03 €546 €5.101,20 €
General 12Más de 6.000 €1.928,10 €607 €5.101,20 €

Las bases de 2026 son las mismas que las de 2025, salvo la base máxima de los dos últimos tramos, que sube a 5.101,20 €.

De qué se compone el 31,5 %

ConceptoTipo
Contingencias comunes (sanidad, bajas por enfermedad, jubilación)28,30 %
Contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional)1,30 %
Cese de actividad (el "paro" del autónomo)0,90 %
Formación profesional0,10 %
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI)0,90 %
Total31,50 %

La guía práctica de la Seguridad Social habla de un 31,40 %, pero el desglose que da ella misma (28,30 + 1,3 + 0,9 + 0,1 + 0,9) suma 31,50 %, que es lo que fija la Orden PJC/297/2026 para 2026.

Cómo calcular tu tramo

El rendimiento que cuenta para la Seguridad Social no es lo que facturas, sino tu rendimiento neto con dos ajustes:

  1. Parte del rendimiento neto de tu actividad según las normas del IRPF: ingresos menos gastos deducibles.
  2. Súmale las cuotas de autónomo que hayas pagado en el año, porque en la Renta las restaste como gasto.
  3. Réstale un 7 % en concepto de gastos genéricos. Si eres autónomo societario, el descuento es del 3 %.
  4. Divide entre 12 (o entre los meses que hayas estado de alta) para obtener la media mensual.
  5. Busca ese importe en la tabla.

Cómo cambiar tu base de cotización

Si tus ingresos suben o bajan durante el año, conviene ajustar la base para que la regularización no te dé sorpresas. Puedes cambiarla hasta seis veces al año en Importass, y el cambio tiene efecto según cuándo lo pidas:

Si lo pides entre…El cambio tiene efecto el…
1 de enero y 28 o 29 de febrero1 de marzo
1 de marzo y 30 de abril1 de mayo
1 de mayo y 30 de junio1 de julio
1 de julio y 31 de agosto1 de septiembre
1 de septiembre y 31 de octubre1 de noviembre
1 de noviembre y 31 de diciembre1 de enero del año siguiente

La regularización: qué pasa si te equivocas

Las bases que eliges durante el año son provisionales. Cuando Hacienda comunica tus rendimientos reales, la Seguridad Social compara:

  • Si cotizaste por debajo de la base mínima del tramo que te correspondía, te notificará la diferencia. Tienes hasta el último día del mes siguiente a la notificación para pagarla sin recargos ni intereses. Si pagas dentro del mes posterior a ese plazo, el recargo es del 10 %; más tarde, del 20 %. La resolución te llega por notificación electrónica (DEHú o el servicio de notificaciones de la Seguridad Social).
  • Si cotizaste por encima de la base máxima de tu tramo, te devolverá la diferencia de oficio antes del 30 de abril del año siguiente a la comunicación de Hacienda.
  • Si tu base estaba dentro de los límites del tramo real, no hay ajuste.

Casos especiales

  • Autónomos societarios y colaboradores familiares: si han estado de alta al menos 90 días en 2026, pueden mantener durante el año una base provisional no inferior a 1.000 €, pero en la regularización se aplica siempre una base mínima de 1.424,40 € al mes (unos 449 € de cuota). Conviene cotizar ya por esa base para no acumular una diferencia.
  • Tarifa plana: durante el primer año pagas 80 € al mes (88,64 € con el MEI), sin regularización. Ver tarifa plana de autónomos.
  • Pluriactividad: si además trabajas por cuenta ajena y la suma de lo cotizado en los dos regímenes supera el límite que fija la ley cada año, la Seguridad Social te devuelve el 50 % del exceso de tus cuotas como autónomo, tras la regularización.

¿Te conviene cotizar por más de la base mínima?

La base de cotización decide cuánto cobras si te das de baja, si cierras tu negocio y cuando te jubiles. Cotizar siempre por la mínima reduce la cuota, pero también todas esas prestaciones. Lo explicamos en qué te cubre la cuota de autónomos.

Preguntas frecuentes

¿La cuota de autónomos se puede deducir?

Sí. Las cuotas pagadas a la Seguridad Social son un gasto deducible en tu IRPF. Ver gastos deducibles del autónomo.

¿Qué día se cobra la cuota?

Se carga en tu cuenta el último día hábil de cada mes, por el mes en curso.

¿Y si tengo pérdidas?

Si tus rendimientos son negativos o muy bajos, te corresponde el tramo 1 de la tabla reducida, con una cuota mínima de unos 206 € al mes en 2026.

Fuentes oficiales

  1. Orden PJC/297/2026, normas de cotización para 2026
  2. Guía práctica de trabajo autónomo de la Seguridad Social
  3. Real Decreto-ley 13/2022, nuevo sistema de cotización por ingresos reales
  4. Real Decreto Legislativo 8/2015, Ley General de la Seguridad Social
  5. Importass, portal de la Seguridad Social

Información general, contrastada con la normativa vigente en la fecha de actualización. Cada caso tiene matices: si tienes dudas sobre el tuyo, consulta con tu gestoría o asesor.

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